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COLUMNISTAS


Un múltiple aire

Carlos Camacho [email protected] | Martes 01 diciembre, 2020


Iniciamos el mes de diciembre de un año con unas características absolutamente sui generis. Un 2020 que rememoraremos por diversidad de motivos personales, individuales y, como sociedad, por puntos que en común nos han marcado en este año inolvidable.

No podemos dejar de mencionar los efectos de una pandemia en lo sanitario, con consecuencias en lo económico y detonante en la insostenible condición de la materia fiscal en diversos países alrededor del orbe, incluida nuestra amada Costa Rica.

Los efectos económicos han conllevado, por esta combinación de factores, a la puerta de una gran crisis económica, social y política. Crisis que no nos exime de otra multiplicidad de aires, que acompañaran este año a los tradicionales aires navideños.

Para no ir muy lejos e iniciar por el estreno del día - si la Administración Tributaria no hizo otra de sus acostumbradas improvisaciones al estilo de torero en Zapote - hoy da inicio la era del Cabys. Este cambio toma a muchos preparados como se debe, pero a muchos trasnochados como de costumbre.

¿Cuáles son las posibles consecuencias de la entrada en vigor de esta normativa de estandarización de actividades económicas - lucrativas o no - en la facturación electrónica de los contribuyentes? Quizás la primera es que, tengamos claro, la estandarización también aplica en el control automatizado del tráfico de relaciones comerciales y de servicios entre todos los agentes económicos formales por parte de la Administración.

Nótese que cuando se controlan las relaciones de los actores económicos formales, emergen los agentes económicos informales que consumen y generan tráfico de mercancías y de servicios. Un aspecto medular si queremos, como debemos, atacar de manera acertada la informalidad e ilegalidad institucionalizada de grandes cárteles - no, no me refiero a los de la droga y sus tentáculos exclusivamente - de actividades omisas a los efectos fiscales.

Debemos advertir que no basta con que la Administración cuente con la información, sino que es indispensable contar con la voluntad de atacar lo que a su vista y paciencia y con elocuente inopia ha tolerado en detrimento de los contribuyentes que nos esforzamos por el adecuado cumplimiento de las obligaciones. Si no, quedaría ahora en evidencia el escandaloso contubernio de la Administración con estos cárteles.

Si el contribuyente empezaba a darse cuenta de que estaba en condición de “jaque” con relación a sus posibilidades de movimientos abruptos e improvisados para atender la cosa fiscal - atinente este término a la declaración de renta, por ejemplo -, que era el único contacto que tenían algunos contribuyentes con la Administración Tributaria; hoy se inaugura la era del encierro del “jaque mate.”

Una diversidad de situaciones que resultan de esta normalización de bienes y servicios compuesto por un cifrado de diversos dígitos de actividad. La codificación abre más de veinte mil posibles códigos que, a su vez, asignan predeterminadamente una tarifa de IVA aplicable. Según indica la página oficial del Ministerio de Hacienda, estas tarifas son sugerencias, cuya aplicación y responsabilidad de selección recae de manera exclusiva en los contribuyentes.

La gestión de esta codificación está ligada a la labor conjunta entre el Banco Central y el Ministerio de Hacienda. Colaboración que inició con la introducción del registro de beneficiario finales de las entidades costarricenses, de la que el Banco Central es custodio.

La normalización de actividades y bienes con el CABYS se da con una nomenclatura de orden universal. Permite el correlato particular entre la importación de cierto bien con la venta de los mismos productos, en el caso particular de las empresas comercializadoras sin transformación alguna en el país. Esto puede ser el inicio del fin del mercado de bienes de contrabando.

La puesta en marcha de esta normalización universal también dará eficacia a la facultad-poder/deber- de la Administración a levantar inventarios, conforme lo establece el artículo 111 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios que establece:

“La Administración Tributaria podrá realizar inventarios, fiscalizar su levantamiento o confrontarlos, con las existencias reales, procurando en lo posible no afectar las operaciones del sujeto pasivo. De estas diligencias, deberá levantarse un acta y entregar copia al sujeto pasivo.”


El riesgo incremental de esta posibilidad radica en esa práctica de algunos contribuyentes en la que manipulan su costo de ventas mediante la valoración abultada o mermada, dependiendo del caso, de sus inventarios.


El CABYS da a la Administración Tributaria las herramientas eficientes y eficaces para ejercer ese poder deber, que ha estado pasivamente en la norma. Revitaliza, con medios efectivos de control de esas prácticas que algunos contribuyentes han tenido en el pasado. Nuevos riesgos de los que deben concientizarse los contribuyentes.


En el tráfico de servicios tendremos alertas curiosas relativas a las actividades facturadas y las inscritas ante la DGT. Un aspecto que hará emerger condiciones de incumplimiento relativo a las actividades de las que se debería estar dando cuenta en las secciones de la declaración del IVA mensual. Una nueva marca a la movilidad del contribuyente en su condición de cumplimiento.

También, y por supuesto, será gran sorpresa para muchos de los contribuyentes beneficiarios de cualquier tipo de exoneración, encontrar que el procesamiento de sus exenciones se ve ahora acompañado en el sistema de Exonet, por el obligado uso de los números identificativos de Cabys en el procesamiento de sus solicitudes.

No se extrañen tampoco los contribuyentes que al emitir facturas de pronto se topen con un obstáculo de no tener aceptación de su comprobante electrónico por falta en el campo respectivo al código en mención.

Si la factura no está emitida con todos sus campos, incluidos los respectivos a Cabys, la respuesta de Hacienda, si hace lo que se supone, es rechazar la factura.

El CABYS también un medio para ver el tema de la relación de los agentes económicos con los semiformales del régimen simplificado. Estos aparecerán sistematizados en los códigos Cabys tanto de entradas como de salidas. Debajo de las piedras de la aparente pequeñez, ahora surgirán los tamaños reales de estos agentes económicos, dejando en su lugar a quienes cumplen con las características del régimen y con la posible consecuencia de recalificar a quienes no, pasándoles al régimen general como mínimo, sin demerito de las consecuencias que en derecho sancionador corresponda aplicar.

En el proceso de evolución de esta acción enfrentamos una cesión de los derechos de la intimidad de los contribuyentes, cediendo al cumplimiento de un valor superior a nivel de un bien jurídico que tiene mérito de ser tutelado, sea el de la Hacienda Pública.

No podemos dejar de reconocer este aspecto, así como insistir que los que cedemos, a su vez debemos ser vigilantes de que esta cesión no sea transgredida en contra de quienes llevan en orden sus aspectos fiscales y sin contar con las respectivas garantías de su derecho de intimidad. Un aspecto que no es nada menor, dados los casos de fugas de información de la Administración que han transgredido el principio de intimidad garantizado en el artículo 115 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

La puesta en marcha de Cabys será un proceso, que, si no se prepararon las bases de acción en las empresas y contribuyentes en general, puede llegar a convertirse en un aspecto traumático. La acción a tomar es resolver con inmediatez, de preferencia comprendiendo con sus asesores fiscales, las consecuencias de la elección de sus códigos en cuanto a la diversidad de aspectos a considerar; antes de tener que enfrentar las posibles consecuencias de este salto a una nueva era de información, que facilitará también la gestión digital de las prácticas de fiscalización y sus posibles consecuencias.

Esta época de diciembre se caracteriza por la entrada de la temporada seca en consecuencia de los vientos que conlleva. Este 2020, los aires navideños traen responsabilidades crecientes y constantes cambios que implican riesgos incrementales que debemos mantener vigilados, para no quedar resfriados fiscalmente a raíz de esta época y sus aires.

Carlos Camacho Córdoba

Socio Director de Grupo Camacho Internacional

[email protected]



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