Plataformas para reportar impuestos tienen más de un mes bloqueadas por acción de cibercriminales
Trámites engorrosos, cobros indebidos e inseguridad jurídica afectan a contribuyentes por hackeo en Hacienda
Planes de contingencia dan resultado, pero se mantienen dudas y es necesario habilitar los sistemas TICA y ATV
Tatiana Gutiérrez Wa-Chong [email protected] | Jueves 26 mayo, 2022
Temor a cobros indebidos, multas y sanciones injustas, trámites engorrosos y complicados, así como una inseguridad jurídica en general, es lo que sufren los empresarios, exportadores y contribuyentes en general por el hackeo de varias plataformas tributarias del Ministerio de Hacienda.
Al cumplirse más de un mes de bloqueo de los sistemas TICA y ATV, no existe claridad de cuándo el gobierno logrará recuperar el control, a la vez, que nadie sabe a ciencia cierta si los cibercriminales borraron información confidencial de las empresas.
Y es que los contribuyentes debieron recordar a un viejo sistema denominado EDDI y retroceder en el tiempo para ir a pagar al banco con los papeles en la mano, lo cual, es a su vez una pérdida de tiempo.
“Los trámites implican mayor cuidado y los problemas están asociados precisamente con la utilización del sistema EDDI-7. Si no se descargan bien, los archivos asociados, van a tener una dificultad de registrar al contribuyente y al representante legal. Se requiere registrar estas dos figuras dentro del software para emitir el recibo oficial de pago”, aseguró, Silvia Castro, socia de Servicios Tributarios Moore – AGC Costa Rica.
Además, es importante advertir, que luego de que los sistemas de Hacienda vuelvan a funcionar se deberán presentar las declaraciones y luego exigir que los pagos ya realizados sean posteriormente relacionados entre sí.
En cuanto a los importadores, actualmente pueden realizar los trámites por correo electrónico y remitir un PDF firmado y un archivo en formato XML para su atención.
Sin embargo, siguen contabilizando pérdidas y atrasos que derivan en demoras que luego cobran las navieras por más días de bodegaje que cobran los almacenes fiscales.
La gestión manual si afectó a los contribuyentes que había dado pasos importantes para aprender y cumplir con todas las plataformas informáticas.
“Definitivamente, regresar al papel, a los cheques, a la notificación por correo electrónico resultó un contratiempo y no estamos a gusto. Hay limitaciones informáticas y de riesgo para la instalación de la aplicación, si no cuentan con un equipo propio; además, la generación y presentación de un formulario adicional en las instituciones bancarias en un plazo de tres días hábiles, especialmente si se localizan en zonas alejadas es un inconveniente”, aseguró Carmen Sánchez, socia de impuestos de KPMG.
Los cambios implicaron que los funcionarios de hacienda y de los colegios profesionales: Contadores Públicos, Contadores Privados, Ciencias Económicas, y Abogados atendieran las dudas de los contribuyentes sobre cómo usar correctamente la plataforma EDDI-7, también se han habilitado quioscos de asistencia para que personal de la Administración Tributaria apoye a quienes tengan algún inconveniente para descargar el formulario.
“Actualmente, se está incrementando la incertidumbre sobre cuándo volverán a funcionar con normalidad los sistemas de Hacienda y se resolverán finalmente las gestiones presentadas por los contribuyentes y sobre todo, la ubicación actual de la información de naturaleza confidencial previamente confiada por los contribuyentes y que la Administración Tributaria estaba legalmente llamada a resguardar”, aseguró Anayansi Mora Palma, partner de Consortium Legal.
Los sistemas se suspendieron como una medida de prevención ante la acción del Grupo Conti.
Todo en papel
Los impuestos deben declararse mediante la plataforma de Hacienda mediante formularios:
- D-101 Impuesto sobre las Utilidades
- D-122 Pagos Parciales
- D-103 Declaración Jurada de Retenciones en la fuente por Salarios, Jubilaciones y otros pagos laborales
- D-104-1 Impuesto general sobre las ventas
- D-104-2 Impuesto al Valor Agregado
- D-106 Impuesto Selectivo de Consumo. Ley 4961
- D-107 Impuesto a los Casinos y Salas de juego. Ley 9050
- D-114 Impuesto único a los Combustibles. Ley 8114 Simplificación y Eficiencia Tributaria.
- D-126 Timbre de Educación y Cultura
- D-116 Sanciones administrativas