Para convocar consulta popular el presidente electo debe conseguir la firma del 5% del padrón electoral
Todo lo que debe saber sobre un posible referendo impulsado por Rodrigo Chaves
Romper monopolio de Recope, explotar el gas y el oro y fusionar varias instituciones entre los temas que se podrían considerar
Esteban Arrieta [email protected] | Miércoles 13 abril, 2022
¿Está de acuerdo con romper el monopolio de Recope para que la empresa privada pueda vender gasolina?, ¿debe Costa Rica explotar el oro y el gas natural? y ¿está usted a favor de fusionar varias instituciones del sector vivienda?, son algunas de las preguntas y temas válidos que se podrían incluir en un referendo nacional.
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La posibilidad de que los costarricenses vayan a las urnas para participar en una consulta popular de este tipo, está sobre la mesa de discusión en este momento, ya que el presidente electo Rodrigo Chaves, propuso el tema durante la campaña política.
¿Cómo se convoca?
Con la firma del 5% del padrón electoral o el voto positivo de 38 diputados.
La última posibilidad es que el presidente solicite al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) hacer la consulta. En este caso, tendrá que conseguir el apoyo de 29 legisladores en el Congreso para que arranque el proceso.
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¿Cuenta el presidente electo con el respaldo necesario en el Congreso para convocar un referendo?
No, los líderes del PLN, Unidad, Frente Amplio Liberal Progresista y Nueva República ya indicaron que el camino debe ser el diálogo político. Ante este panorama, el único camino habilitado para Chaves es conseguir la firma del 5% del padrón electoral.
¿Se puede hacer en cualquier momento?
No, se prohíben las consultas seis meses antes y seis meses después de las elecciones presidenciales para no interferir con ese proceso.
¿Cuántos referendos se pueden hacer?
Como máximo uno al año; sin embargo, en una sola consulta popular se pueden hacer varias preguntas; es decir, el referendo puede ser multitemático.
¿Hay temas que están vedados a la realización de un referendo?
Sí, la materia hacendaria, presupuestaria y crediticia para el Estado no puede ser sujeto de discusión.
¿Cuál es el procedimiento para convocar el referendo?
Una vez que se hace la convocatoria por cualquiera de las opciones existentes, el TSE hace un análisis jurídico para determinar si existe incompatibilidad de la consulta con los temas vedados.
Asimismo, el órgano electoral puede solicitar a la Sala IV un criterio jurídico sobre la constitucionalidad del proceso.
¿Qué es lo que aprueban los ciudadanos?
El referendo es una votación sí o no sobre un proyecto de ley en específico, el cual, regula todos los pormenores de la materia consultada.
Después del referendo, ¿ tiene que aprobarse el proyecto de ley en la Asamblea Legislativa ?
No. En este caso, los ciudadanos votan y aprueban o rechazan uno o varios proyectos de ley consultados, por lo que en la práctica los costarricenses se convierten en diputados
¿Cuál sería el costo de la consulta popular?
Se estima en unos ¢3 mil millones.
¿Se puede hacer un referendo el mismo día las elecciones municipales para ahorrar dinero?
Sí.
Temas prohibidos y posibles
La Constitución Política es muy clara en los temas en que no es factible convocar a un
referendo.
La temática fuera de la prohibición sí podría ser sujeto de una consulta popular.
Temas Prohibidos | Consultas que sí se podrían hacer |
---|---|
Materia presupuestaria | Apertura de los monopolios de Recope, FANAL e ICE |
Consultas de temas tributarios | Exploración y explotación de gas natural |
Debates fiscales | Minería de oro |
Políticas monetarias y crediticias | Pesca de arrastre |
Asuntos de pensiones | Nueva ley de empleo público |
Temas de seguridad | Cierre de Conarroz, CNP y otros entes públicos |
Aprobación de préstamos | Fusión de instituciones como podrían ser el Invu, Banhvi y Ministerio de Vivienda en una sola entidad pública |
Contratos o actos de naturaleza administrativa | |
Materia de derechos humanos |