Seguros de renta vitalicia, retiro y vida con ahorro y los planes de pensión complementarias
Juan Carlos Díaz Solís [email protected] | Viernes 28 marzo, 2025

Lic. Juan Carlos Díaz Solís
Asesor
Materia de Seguros
Revisando la oferta de seguros en nuestro mercado, nos encontramos que las aseguradoras nos están debiendo productos esenciales para un mercado financiero tan avanzado como es Costa Rica y que especialmente en el tema de pensiones, tiene una tarea por resolver conjuntamente con el Gobierno. Por favor, no quiero polemizar sobre si los productos de seguros indicados en el título, entran a competir con los planes de pensiones tradicionales actuales, porque lo cierto es que tienen características muy diferentes, pero que no es evadiendo su análisis que vamos a evitar entrar en el debate de los mismos. Es necesario que se conozcan y que sea el consumidor quien decida. Esto no es posible en nuestro mercado en que los planes de pensiones complementarios son obligatorios y lo más que puede decidir un consumidor es, qué operadora le maneja su fondo, pero no cuál es la mejor opción para él. Por lo anterior, solo mencionaré estos productos alternativos, sus características y el mercado al cual están dirigidos. Sé que me dirán que el mercado no está preparado, pero no es cierto, hay espacio para estos productos e incluso como veremos, se da una sinergia importante entre las operadoras de pensiones complementarias y las aseguradoras y además, existe legislación aprobada.
Empecemos por renta vitalicia. Este es un seguro que garantiza que, por una prima modesta inicial, dota de un ingreso fijo y regular a lo largo de toda la vida del asegurado. A diferencia de los planes de pensiones complementarios actuales -salvo el IVM y otros planes conocidos-, esta póliza garantiza una suma determinada mensual hasta el fallecimiento del beneficiario. y aún más allá.
Existen planes según la forma de recibir la renta vitalicia y así tenemos; renta vitalicia diferida; el más usual, en que el cliente y la aseguradora acuerdan una fecha en que el beneficiario empezará a cobrar la renta, generalmente al llegar a la edad de jubilación; -65 años p.e.- y renta vitalicia inmediata, en la cual el asegurado-cliente, puede reclamar el cobro de la renta vitalicia en el momento en que lo desee. Existen planes, conforme aseguradoras existan, de manera que el consumidor podría decidir cuál es el mejor para su edad y plan de retiro. Suena extraño, pero cuando te ofrecen que seguirás cobrando la renta de por vida, independientemente de que el dinero se acabe o que incluso cierta suma puede formar parte de tu herencia, despierta el interés de las personas. Es por lo cual se dice que las rentas vitalicias son una forma de asegurarte de que sobrevives a tus ahorros.
Valga recordar que es un mito que ciertas aseguradoras manifiesten que nuestro mercado no está aún maduro para estos productos, cuando hay aseguradoras internacionales, una de las cuales tiene sucursales en nuestro país, que ofrecen planes en sus países hasta con años antes de la jubilación. Las finanzas son mágicas y el seguro es un producto financiero más.
Veamos ahora el seguro de retiro: este es una herramienta financiera ofrecida por una aseguradora que garantiza al asegurado, una suma clave de protección económica para cuando llegue el momento de su jubilación. Se sostiene mediante aportes periódicos que se invierten generando rendimientos por encima de los que ofrece el mercado financiero para los planes de ahorro normales y que se recibe al momento de la jubilación o antes. Puede ser 65, 55, 70 o la edad que mutuamente definan asegurado y aseguradora en las finanzas personales ofrecida por una entidad aseguradora, diseñada para garantizar un futuro financiero estable al momento de la jubilación. Incluso antes de cumplir la edad alcanzada para la jubilación, el asegurado podría transar con la aseguradora, un plan de renta vitalicia y disfrutar de los beneficios de esta con una renta mensual hasta los 99 años y no con la totalidad del ahorro, si no, llevándose una parte y utilizando la otra en la renta vitalicia. Incluso una aseguradora podría ofrecer un seguro de vida temporal decreciente a la par y garantizarle al asegurado que a su fallecimiento, la familia recibirá la totalidad del plan pactado. Por ser un seguro de vida temporal, las primas serían más bajas que un seguro de vida normal. Mejor aún si esta póliza se combina con una cobertura de invalidez total y permanente.
Finalmente tenemos los seguros de vida con ahorro, los cuales ya se ofrecen en nuestro mercado desde que el Instituto Nacional de Seguros existe y que ahora con la participación de aseguradoras privadas, se han mejorado los rendimientos y la variedad de productos.
LEGISLACIÓN APROBADA
El artículo 22 de la Ley 7983, Ley de Protección al Trabajador, indica que los afiliados al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias deberán utilizar los recursos de su cuenta individual para elegir una o varias modalidades de pensión, entre las cuales, en el inciso a) se establece que esa opción puede estar en una renta vitalicia que ofrezca una compañía de seguros, la cual será una elección irrevocable. (El destacado no es del original.
Es interesante conocer que la Ley 7983 es del año 2000 y la apertura del mercado de seguros se dio en el año 2008, lo cual quiero dejar para que el lector saque sus propias conclusiones de cuál fue la intención del legislador en ese momento. Incluso, en el artículo 109 de la Ley 8956, Ley Reguladora del Contrato de Seguros, se profundiza en esa posibilidad y así se reforma el artículo 23 de la Ley 7983, que en adelante se leerá así:
"Artículo 23. Renta vitalicia
La persona afiliada podrá escoger libremente la entidad aseguradora autorizada en el ramo de seguros de personas o mixta con la cual contratará la renta vitalicia. Las modalidades de contrato serán definidas reglamentariamente por el Consejo Nacional de Supervisión Financiera. Los afiliados podrán optar por realizar dicha compra en forma directa."
El artículo 24 de la citada ley 7983, continúa indicando que en el caso de que el total o parte de los recursos contenidos en la cuenta individual se destinen a la compra de una renta vitalicia, la entidad aseguradora correspondiente asumirá el pago de la pensión en las condiciones del contrato que se pacte para este propósito. La operadora podrá asumir la función de agente pagador de la empresa aseguradora.
Como se aprecia, desde el año 2000, mucho antes de que se diera la apertura del mercado de seguros, ya se contemplaba la posibilidad de que los fondos de los planes de pensiones se pudieran utilizar para la compra de un seguro de renta vitalicia, lo que demostraba que tan maduro estaba el concepto de este tipo de seguro en nuestro país. Lamentablemente todo se dejó ahí y ni la Superintendencia General de Seguros por presión de las aseguradoras, ha intercedido ante el CONASIFF para que se reglamente este aspecto.
COROLARIO: En Costa Rica, igual que en muchos países y acorde con una tendencia mundial generalizada, cada vez más personas entienden la importancia de complementar un plan previsional estatal, con otros mecanismos de ahorro voluntarios y planes de pensiones complementarias. Es mi criterio que las operadoras de pensiones complementarias no han sabido vender esa posibilidad financiera de retiro y cada vez más personas presionarán por un plan alternativo. Las aseguradoras establecidas en Costa Rica estarían comenzando a tomar vuelo con esa excelente alternativa, con una ventaja adicional, que no serán regímenes obligatorios.
A todo lo anterior se suma la tendencia de las aseguradoras actuales a modernizarse digitalmente, reduciendo costos operativos y mejorando la eficiencia en las decisiones de inversión de estas. Esto redunda en un mejor acercamiento con el cliente, más interacción de estos con las aseguradoras, lo cual brinda más confianza, reduce el riesgo y hace crecer los rendimientos asociados a esos planes de aseguramiento con componentes financieros.
Busquemos países como México, Chile y Argentina que están muy avanzados en este tema y podrían ser nuestros referentes, sobre todo Argentina, que aún con su alta inflación, ha sabido sortear este tema con mucho éxito. Algunos países latinoamericanos, en cuenta Costa Rica, sufren de una alta presión por los regímenes estatales de pensiones y planes privados, principalmente por el aumento de la longevidad y están explorando introducir soluciones innovadoras para la etapa de retiro, entre estas, que los participantes compartan el riesgo de longevidad. Es un tema que nadie quiere profundizar, pero que está ahí. El Banco Interamericano de Desarrollo y a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) tienen dentro de sus prioridades, buscar soluciones a los planes de pensiones.