Se registran 16 femicidios en lo que va del año
Johnny Castro [email protected] | Sábado 03 junio, 2017 10:00 a. m.
Del 1 de enero a hoy, se ha registrado el deceso por violencia de 16 mujeres de acuerdo con la Sub-Comisión Interinstitucional para el Registro del Femicidio
La sub-Comisión, única con la potestad para establecer la cifra oficial de femicidios, hizo la clasificación a partir de un recuento inicial de 28 muertes de mujeres en lo que va del año.
Con base en la información judicial que se tiene hasta la fecha de la reunión, la subcomisión clasificó las 28 muertes de la siguiente manera:
Femicidio legal: 7. Estas son las muertes de mujeres a manos de sus cónyuges o parejas actuales, tipificado por el artículo 21 de la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres (LPVcM).
Femicidio ampliado: 9. Son las muertes violentas de mujeres, en razón de su género, en donde no había una relación de matrimonio o unión libre: ejemplo, las muertes durante el noviazgo, después de un divorcio, luego del cese de una unión de hecho y las que ocurren en ámbito público, a raíz de un ataque sexual.
Homicidio de mujeres pero que no fueron femicidio legal o ampliado: 6
Homicidio de mujeres aún sin clasificar, pues se encuentran pendientes de informe: 6
Las muertes incluidas dentro del femicidio ampliado, es la respuesta del sistema judicial costarricense para contar con una estadística que registre, incluya y visibilice todas las muertes de mujeres por razones de género toda vez, que la LPVcM al referirse al femicidio (art. 21) únicamente incluía las muertes violentas de mujeres en manos de hombres en el contexto de una relación de convivencia, llámese matrimonio o unión de hecho.
Para la definición del femicidio ampliado, se tomó como base la definición de violencia de género que hace la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer “Convención de Belém do Pará”.