Patronos están obligados a emitir carta para retiro de Fondo de Capitalización
Rebeca Sequeira [email protected] | Miércoles 15 abril, 2020 11:46 a. m.
Las personas que sufrieron el despido, la suspensión de sus contratos o la reducción de la jornada laboral por causa de la situación de emergencia que se atraviesa a raíz del Coronavirus pueden retirar el Fondo de Capitalización Laboral (FCL).
Para esto los patronos deben emitir una carta a los trabajadores en donde se haga constar las causas, según el caso de cada trabajador, para que la operadora de pensiones pueda hacer la entrega del FCL.
“El retiro del FCL tiene fundamento legal en la reciente Ley que modificó la Ley de Protección al Trabajador e incluye como causal para que los trabajadores o sus causahabientes (herederos) puedan proceder con el retiro. Para ellos es necesario que cuenten con la carta emitida por sus patronos”, dijo Lupita Quintero, abogada laboralista de Nassar Abogados.
¿Cómo debe ser la carta?
- Impresa o digital
- Detallar nombre completo y número de cédula del trabajador
- Debe indicar la fecha en que dejó de laborar en el caso de despido, de la suspensión del contrato o de la reducción de la jornada que implicó reducción del salario
- Recomendable que vaya en hoja membretada de la empresa
- Detalle de un correo electrónico y número de teléfono donde pueden validad la información detallada en la carta
Si bien la legislación no contempla el tiempo máximo para que los empleadores emitan la carta, sin la certificación ninguna operadora gestionará la solicitud de retiro del FCL a los empleados.
Y es que si el patrono no cumple podría verse expuesto a un proceso de infracción de leyes laborales y conexas. {link2}
Luego de la presentación de todos los documentos solicitados por las operadoras para el retiro el FCL, la ley estipula que las mismas tienen 15 días para girar el dinero, el cual debe ser depositado en una cuenta bancaria en colones.
Además, las operadoras tienen 48 horas para informar a las personas si falta algún documento como requisito.
Además, el FCL no podría ser embargado, salvo por concepto de pensión alimenticia.