Obligación de uso de facturas electrónicas será generalizado a partir setiembre
Brandon Flores [email protected] | Jueves 22 marzo, 2018 03:41 p. m.
Los sectores económicos que no hayan sido notificados aún por Hacienda para implementar facturas electrónicas, deben hacerlo obligatorio a partir de setiembre.
Así por ejemplo, los profesionales cuya cédula termine en 1,2 o 3 deberán hacerlo el 1° de setiembre; los que acaban en 4,5 o 6 el 1° de noviembre y los que finalizan en 7,8,9 y 0, lo harán el 1º de diciembre.
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Los grandes contribuyentes nacionales, a quienes se les comunicaba individualmente el inicio de esta obligación, también deberán aplicar la obligatoriedad, según el número de cédula jurídica, siguiendo las mismas fechas establecidas para los demás.
Actualmente se encuentran obligados al uso de un sistema de facturación electrónica, quienes pertenecen al sector salud, contable, legal, y a partir del lunes 2 de abril, deben incorporarse los contribuyentes del sector de ingeniería, arquitectura e informática y en mayo otras actividades como geólogos, geográfo, biólogo, servicios de publicidad , entre otros.
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Están exentos de emitir comprobantes electrónicos, los contribuyentes acogidos al “Régimen de Tributación Simplificada”, es decir, la Caja Costarricense del Seguro Social, Universidades estatales, Consejo Nacional de Vialidad, Corte Suprema de Justicia, Banco Central, Junta de Protección Social, Tribunal Supremo de Elecciones, Entidades financieras, Instituto Nacional de Aprendizaje, Asociaciones solidaristas, Consejo Nacional de Producción, Ministerios del Poder Ejecutivo, Consejo Nacional de Producción y Asamblea Legislativa.