Ley del IVA no exonera servicios de agua como alcantarillado sanitario e hidrantes
Ronny Gudiño [email protected] | Lunes 10 junio, 2019
Si bien la venta o entrega de agua residencial estará exenta del IVA, siempre que el consumo mensual sea igual o inferior a 30 metros cúbicos, no contempla exenciones a los rubros que acompañan cobro de estos servicios como alcantarillado e hidrantes, según la Empresa de Servicios Públicos de Heredia (ESPH).
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“Realizamos las consultas sobre este tema al Ministerio de Hacienda. Actualmente estamos a la espera de la respuesta, mientras esta llega aplicaremos la exoneración a partir de julio únicamente en los rubros que se especifican en la Ley”, dijo Laura Castro, directora de servicio al cliente y mercadeo de la ESPH.
Situación similar ocurre con el servicio de energía.
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Puesto que se exonerará consumo menor a 280 kw/h, pero no se contempla rubros como Demanda y Alumbrado Público.