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COLUMNISTAS


La Presidencia de la Asamblea Legislativa

Siany Villalobos [email protected] | Martes 07 mayo, 2019


Inicia una nueva legislatura con un nuevo Directorio Legislativo en el Parlamento, algunos están muy claros de la importancia de formar parte de este para incidir directamente en la agenda parlamentaria.

Indiscutiblemente se requiere de voluntad política para llegar a acuerdos, crear, modificar o interpretar la ley, es evidente que esta segunda legislatura se percibe más efectiva con los cambios aprobados al Reglamento de la Asamblea Legislativa, que en gran medida constan de una reducción sustancial de tiempos.

Formar parte de un Directorio Legislativo es todo un honor, pero al mismo tiempo una nueva responsabilidad, pues se continúa con las labores propias de diputado(a) más las responsabilidades legislativas y administrativas de la institución.

El Directorio de la Asamblea Legislativa tiene la responsabilidad de cuidar la economía y la administración del Congreso, tiene la atribución de nombrar y remover a sus colaboradores, asignar recursos humanos, financieros y materiales a las fracciones legislativas, dictar reglamentos y disposiciones para el adecuado funcionamiento institucional.

Algunas personas pueden pensar que asumir la presidencia de la Asamblea Legislativo se circunscribe a presidir, abrir, suspender y cerrar sesiones en el plenario legislativo, sin embargo; va mucho más allá que eso, tiene las atribuciones de nombrar e instalar las comisiones, asignar los proyectos presentados por diputados (as) o el ejecutivo a las diferentes comisiones, dirigir las discusiones y conceder la palabra en el plenario, recibir las votaciones y declarar si hay aprobación o rechazo de un asunto, conceder licencias a los diputados para no asistir a sesiones, llamar al orden a los diputados en el uso de la palabra, ordenar el desalojo de visitantes en las barras del público por comportamiento inadecuado.

Igualmente el Presidente (a) tiene la obligación de firmar las actas, leyes y demás disposiciones de la Asamblea Legislativa. No podemos olvidar que inclusive tiene la potestad de sustituir al Presidente de la República en ausencia de los dos vice-presidentes, caso que se dio en el periodo 2006-2010.

Es importante registrar que estas atribuciones las encontramos el artículo 27 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, pero no podemos perder de vista que el mismo reglamento en diferentes artículos da más responsabilidades como es dirigir las reuniones de jefes de fracción los jueves a las 11:00 am, espacio donde puntualmente llegan a acuerdos las fracciones y se concretan en el plenario legislativo mediante la votación de cada asunto.

El presidente (a) de la Asamblea Legislativa juega un papel fundamental en la conquista de acuerdos legislativos, facilita los espacios para el dialogo y la formación de una agenda consensuada, aun cuando exista el artículo 36 del Reglamento de la Asamblea Legislativa para elaborar el orden del día del capítulo de primeros debates, no siempre o de manera sencilla se logran acuerdos de parte de las fracciones.

Ahora bien, la forma en que se elige el nuevo presidente de la asamblea, que contó con 40 votos, legitima la elección y ofrece amplias posibilidades de trabajar en equipo, de la misma forma en que se nombró la totalidad de un directorio legislativo multipartidista esto ofrece garantías de contar con la mayor cantidad de fracciones cohesionadas, sin renunciar a sus ideologías y al control político.






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