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Inscribir bienes en sociedades inactivas será un dolor de cabeza

Tatiana Gutiérrez Wa-Chong [email protected] | Miércoles 14 junio, 2017


“Resulta absurdo establecer que una sociedad hace actos de comercio, si en realidad no lucra con ninguna actividad”, manifestó Luis Chacón, socio de impuestos de la firma legal BLP. Esteban Monge/La República


Inscribir vehículos y casas de habitación en sociedades inactivas puede convertirse en un dolor de cabeza para los costarricenses, si se aprueba un proyecto de ley que se discute en la Asamblea Legislativa, así lo confirmaron algunos abogados tributarios.

La iniciativa Ley para la Transparencia de las Sociedades Inactivas pretende reformar la Ley del Impuesto sobre la Renta, presumiendo que todas las sociedades inscritas, así como aquellas que lo hagan en el futuro en el Registro Nacional, realizan actividades lucrativas, razón por la que deberán inscribirse como contribuyentes ante la Administración Tributaria.

Sin embargo, hay sociedades inscritas que son inactivas cuyos administradores deciden no liquidarlas y mantenerlas, entre otras cosas, por si en un futuro pueden reactivarse.

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Otros no la desinscriben por evitar toda la serie de trámites y gastos que conlleva la disolución y liquidación de la sociedad.

Los abogados tributarios enfrentan dudas ante esta iniciativa que llegó al Congreso hace unas semanas y está pendiente de que le asignen la comisión legislativa para su respectivo dictamen.

“El proyecto carece de sentido porque parte del supuesto de que toda la sociedad tenedora de activos desarrolla una actividad lucrativa, lo cual es contradictorio y carente de lógica. Hay sociedades que son utilizadas para la tenencia de casas de habitación y de vehículos, lo cual no puede considerarse como personas que ejercen una actividad lucrativa, tal y como lo presenta este proyecto. Resulta absurdo establecer que una sociedad hace actos de comercio, si en realidad no lucra con ninguna actividad”, manifestó Luis Chacón, socio de impuestos de la firma legal BLP.

La inscripción de bienes en sociedades inactivas es una práctica comercial común, cuyo propósito es la tenencia de bienes familiares y personales; incluso las empresas las utilizan por la facilidad de traspaso a la hora de adquirir o vender un bien. 

No obstante, esta actividad se vería afectada, ya que además de obligar a inscribirse como contribuyentes ante la Administración Tributaria a quienes poseen sociedades inactivas, se asumirá automáticamente una serie de obligaciones fiscales.

Estas obligaciones incluyen llevar la contabilidad, estados financieros, presentar declaraciones de renta e informativas, lo que implica que toda sociedad inactiva necesite contratar los servicios de un contador. 

El proyecto de ley tiene como fin que grupos delictivos no oculten movimientos a través de las sociedades.

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“La solución no es este proyecto, sino crear una legislación que regule esas sociedades patrimoniales y que se establezcan reglas claras a efectos de que se determine bajo cuáles supuestos se considerarán contribuyentes o no del impuesto sobre la renta”, aseguró Randall Madriz, abogado tributario.

En un primer momento, la Administración Tributaria tuvo la iniciativa de obligar, mediante resolución, a todas las sociedades mercantiles a registrarse como contribuyentes del impuesto sobre la renta, pero “no lo logró con la legislación vigente, entonces la Administración Tributaria está buscando la reforma legal por medio de este proyecto”, concluyó Madriz.

Características

Las sociedades inactivas son aquellas que los administradores deciden no liquidar y mantener por si en un futuro quieren reactivar la misma actividad u otra.

- 620 mil

Monto total de las sociedades inactivas

 

-30%

Es la representación total de las sociedades que están inscritas

 

-Liquidación

A partir de la fecha de cese de la actividad, no se puede emitir factura y las facturas de gastos recibidas no serán deducibles.

 


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