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Impuesto a personas jurídicas se cobrará a partir de setiembre

Karla Madrigal [email protected] | Martes 30 mayo, 2017 11:15 a. m.


Imagen con fines ilustrativos. Shutterstock/La República.


El impuesto a las personas jurídicas se empezará a cobrar a partir del 1° de setiembre, luego de que el viernes anterior se publicara en el diario La Gaceta, el nuevo reglamento.

Todo tipo de sociedades mercantiles, como sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, sociedad en comandita, sociedades colectivas, empresa individual de responsabilidad limitada, y otras, deberán  cancelar el impuesto.

Lea más: Impuesto a personas jurídicas iniciará a cobrarse en agosto

En caso de no hacerlo, las sociedades se verán multadas con un 11,73% del total del impuesto, según Ronald Artavia, presidente del Colegio de Contadores Públicos.

Durante 2017 se deberá cancelar solamente la proporción del impuesto que estuvo vigente este año; es decir, entre setiembre y diciembre, mientras que, para el próximo año el impuesto regirá por completo y deberá cancelarse durante el mes de enero 2018.

La ley deja exentas del pago a las micro y pequeñas empresas.


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