Igualdad a medio siglo después del Pacto de San José
Larissa Arroyo [email protected] | Viernes 26 mayo, 2017
Lo básico
El 18 de mayo del 2016, hace un poco más de un año, Ana Helena Chacón, en ese momento Vicepresidenta en ejercicio de la Presidencia de la República y como representante del Estado de Costa Rica, presentó una Solicitud de Opinión Consultiva ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
Les puedo prometer que la lejanía del párrafo anterior deja entrever el impacto que esto podría tener en la cotidianidad de la vida de las personas LBGT ya que quienes somos abogadas o abogados, pocas veces nos tomamos para explicar el derecho y su aplicación en un lenguaje comprensible para la mayoría. Por eso quiero tomar estas líneas, para plantearles con emoción lo que esta acción estatal puede significar pero empecemos con lo básico:
a. Costa Rica decidió firmar y ratificar la Convención Americana de Derechos Humanos, también llamada “Pacto de San José” por haber sido suscrita en nuestra capital, y con eso decidió también que la Corte IDH fuera la intérprete legítima, es decir que esta tuviera la última palabra con respecto a la interpretación del texto de la convención y que los estados se ajustaran a sus fallos.
b. Las funciones de la Corte IDH no se reducen a casos litigiosos, como cuando una persona denuncia que sus derechos protegidos en la Convención han sido violados, sino que también puede atender solicitudes de los estados. La opinión consultiva es un mecanismo a través del cual los estados miembros pueden plantear consultas a la Corte IDH cuando tengan dudas sobre compatibilidad sus leyes nacionales (las que son aprobadas en nuestra Asamblea Legislativa por ejemplo) y la Convención Americana entre otros instrumentos internacionales de protección a los derechos humanos. En tico, los Estados le pueden preguntar a la Corte IDH a modo preventivo para no jalarse una torta.
Lo que Costa Rica preguntó
En el país, las personas trans encuentran grandes dificultades para cambiarse el nombre y las personas lesbianas, bisexuales y gais no podemos acceder a la figura jurídica ya existente en el código de familia costarricense, el matrimonio civil, a pesar de que la razón para un trato diferenciado debe de ser sustentada en criterios objetivos y razonables después de un exhaustivo análisis. Es por esto, que Costa Rica como estado pidió a la Corte IDH que se pronunciara sobre 2 puntos aunque hizo en realidad tres preguntas:
● El primer punto fue sobre el posible reconocimiento del cambio de nombre de las personas, de acuerdo con la identidad de género de cada una pero a través de un mecanismo que no sea judicial. Esto se debe a que las personas trans que quieren cambiar su nombre porque no corresponde con el género con el que se sienten identificados tienen que pasar por un proceso ante tribunales, pagar por un abogado o abogada y esperar 2 o 3 años en el mejor de los casos si es que se los aprueban.
● El segundo punto fue sobre los derechos patrimoniales derivados de un vínculo entre personas del mismo sexo, o sea que si las parejas lésbicas u homosexuales podrían ser reconocidas como parejas que son. La razón es que actualmente si yo me caso con un hombre, de manera inmediata, entre una protección legal y los bienes que adquiramos en pareja son bienes gananciales, que serían distribuidos en el momento del divorcio mitad y mitad a menos que se haya pactado diferente. Con las personas que estamos en pareja con una persona del mismo sexo, no hay protección alguna.
Las audiencias
Así, que la Corte IDH acogió la solicitud de Costa Rica y abrió un espacio este 17 (Día contra la homo-lesbo-bi-transfobia) y 18 de mayo para escuchar a las personas que habíamos enviado observaciones, que son escritos con argumentaciones a favor o en contra. Otros países enviaron sus observaciones, 9 en total, pero también otros organismos internacionales, organismos estatales, organizaciones de sociedad civil, universidades y hasta individuos a título personal. Todas estas observaciones están disponibles y las pueden ver en línea. En el caso de la Asociación Ciudadana ACCEDER, nos unimos con otras organizaciones o plataformas de organizaciones com el Frente por los Derechos Igualitarios para darle más peso a nuestras observaciones.
Las audiencias fueron públicas e incluso se pueden ver en 3 vídeos en línea. Les recomiendo ver sobre todo el tercero donde está el cierre del Presidente de la Corte IDH, el Juez Roberto F. Caldas a partir del momento 3h 50m 00s, el cual tal y como lo afirmó el comunicado oficial de la Corte IDH, reiteró que a lo largo de nuestra región las personas LGBTI ‘‘continúan sufriendo de discriminación, estigmatización y actos de violencia, que son incompatibles con la noción fundamental del respeto y garantía de los derechos humanos de todas y todos sin discriminación alguna’’ e hizo un llamado a los Estados y a la Sociedad Civil a promover, respetar y garantizar los derechos humanos de las personas LGBTI. También pueden ver el segundo y mi recomendación es en el momento 1h 41m 00s porque a mí me hizo un nudo en la garganta de la emoción. El primer vídeo, también contiene historias que narré al momento 2h 51m 00s.
Las historias
No podemos olvidar lo que ocurre en Costa Rica, y como no solo somo algunas personas que no contamos con los derechos que el resto, sino que algunas incluso han sido perseguidas penalmente:
Independencia judicial: El 20 de abril de 2015 se emitió la Resolución N° 270-2015 del Juzgado de Familia del II Circuito Judicial de San José́ , en la que por primera vez en la historia de Costa Rica y de Centroamérica, se reconocía una unión de hecho entre personas del mismo sexo. El 26 de junio, dos meses después, se hizo un traslado de cargos en contra del juez y aun actualmente él teme por el resultado del proceso de investigación de la inspección judicial al que ha sido sometido. El Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas enfatizó en que Costa Rica debía asegurar y proteger la independencia e imparcialidad de los jueces y juezas y garantizar que la toma de decisiones judiciales esté libre de todo tipo presiones e injerencias. La persecución que este juez vive es un mensaje aleccionador, un mensaje que busca que nadie más se atreva a hacer lo que él hizo: reconocer derechos humanos porque aunque los derechos humanos no necesitan ser reconocidos para existir, si necesitan protección jurídica para poder ser ejercidos a plenitud.
Persecución penal del amor: Una pareja de chicas, Lalay y Jaz, tan enamoradas que decidieron casarse y un notario que accedió a hacerlo. Una de ellas con una identificación que decía masculino. La rapidez de la actuación estatal para perseguirlas y acusarlas, incluso penalmente, fue excepcional. En estos momentos, ellas sufren la incertidumbre de que tanto ellas, como las personas testigos y el notario sean condenados penalmente. Su amor parece que no merece protección legal sino una persecución.
Derecho a la salud: En el ámbito de la salud, la Caja Costarricense del Seguro Social ha reconocido las uniones lésbicas y homosexuales para otorgar la extensión del seguro social, pero no contar con el reconocimiento jurídico de las uniones de personas del mismo sexo implica un impacto directo en las parejas binacionales como Roberth y Mario, Michelle y Ana, Roxana y Cristina, quienes no pueden acceder a este beneficio.
Reconocimiento de matrimonio en el extranjero: Sergio es colombiano y Manuel costarricense. Se casaron en Colombia pero la Notaría de Colombia, por oficio, solicita que los matrimonio efectuados en ese país sean inscritos debidamente en el país en que residan ambas personas. Al intentar realizar el trámite en el Registro Civil, se les informó que por no existir jurisprudencia, no lo podrían recibir; de ese modo se les hizo saber que en la Sala Primera le podrían dar trámite como una sociedad para homologar ciertos derechos. Al presentar la solicitud, se les dijo que no se podía recibir porque no era tema para esa instancia, que lo que correspondía era inscribirlo en el Juzgado de Familia. Ahí se les dijo que no se estaban recibiendo las solicitudes de parejas del mismo sexo, pero la jueza a cargo lo haría si se presentaba solicitud de notario o notaria pública. Hasta la fecha no han encontrado un notario o notaria que lo haga. ¿Quién querría hacerlo con los mensajes aleccionadores como el de la primera historia?
La voluntad política como ingrediente mágico en la fórmula
La voluntad política es determinante para el avance de los derechos humanos. La normativa es solo una pieza más, ya que si no hay implementación o cumplimiento de la misma, la situación de discriminación y violencia no cambia. Nuestro país cuenta con un impresionante marco normativo de protección a los derechos humanos y ha hecho avances en el reconocimiento de los derechos de las personas LBGTI, pero ese reconocimiento en el papel no se refleja en las realidades de esas personas, en nuestras vidas, en nuestras familias, en nuestras cotidianidades. Una de las razones es que a pesar de toda ese marco legal de protección, el desconocimiento, el miedo y el prejuicio imperan en la función administrativa y judicial como por ejemplo cuando hay que reconocer las uniones de personas del mismo sexo.
La voluntad política de una mujer como Ana Helena Chacón, con todas las críticas que se le pueda hacer en otros ámbitos, ha sido determinante para avanzar en el aseguramiento de los derechos de las personas LBGTI en Costa Rica: pasamos de la iza de la bandera en el 2015 al decreto 38999 y finalmente a la solicitud de opinión consultiva. Nada mal para 3 años de labores y muchísimo más que lo que había hecho en décadas uno de nuestros partidos tradicionales en el poder, donde lo más importante parecía ser declarada hija predilecta de una deidad.
Una luz en el camino
La voluntad estatal para asegurar la correcta aplicación de la Convención Americana es un hecho. Lo que la Corte IDH diga, será vinculante para el país, porque claramente nadie consulta algo para luego decir que mejor no hubiera preguntado. No importa si es este gobierno o el siguiente, porque el Estado sigue siendo el mismo. A Costa Rica le toca de cualquier forma cumplir los compromisos adquiridos desde la firma del Pacto de San José hace ya casi medio siglo y esto incluye lo que diga la Corte IDH cuando saque su opinión consultiva. Esto es relevante no es solo para nuestro país, sino también para la región ya que por ejemplo Panamá manifestó en su observación que no contaba con legislación especializada en estos temas consultado por Costa Rica pero que queda a la espera de la opinión de la Corte IDH para que fuera guía en acciones futuras.
Entonces, si Uds., son como yo, y apuestan a un futuro más luminoso, más justo, donde todas las personas tengamos los mismos derechos y la misma protección ante la ley, entonces les tengo buenas noticias porque según el presidente de la Corte IDH, esa opinión saldrá este año, como un peldaño más hacia nuestra utopía de igualdad aunque sea medio siglo después del Pacto de San José.