Evite multas millonarias por olvidar obligaciones tributarias
Fabio Parreaguirre [email protected] | Lunes 20 noviembre, 2017
Para cualquier profesional liberal o empresa, llega el momento del año más importante en cuanto al registro de obligaciones tributarias y a tener todos los informes listos en caso de que así lo requiera la Dirección de Tributación.
Este año se debe poner atención a cosas nuevas como tener lista la información de partes relacionadas con los precios de transferencia, así como estar claros en las declaraciones informativas sobre los datos de ambas partes en informaciones cruzadas.
Se trata de una serie de obligaciones tributarias que de no cumplirlas podrían acarrearle multas por sumas que podrían ir desde ¢1,2 millones para profesionales hasta ¢42 millones a empresas.
La primera de ellas es el registro de la declaración informativa que vence el próximo 30 de noviembre, luego seguiría la declaración de renta y el pago del impuesto que vencen el 15 de diciembre.
Lea más: Aspectos a ser considerados de cara al cierre fiscal 2017
Declaración informativa
• ¿Quién está obligado?
Todos los contribuyentes, profesionales o empresas que hayan realizado a nivel nacional venta o compra de bienes o servicios a una misma persona en reiteradas ocasiones, tiene la obligación de realizar esta declaración informativa.
• ¿Cuándo vence?
El periodo vence el 30 de noviembre, solo para Grandes Contribuyentes este se extiende para el 10 de diciembre, según indican varios especialistas tributarios.
• ¿Cuál es el formulario?
La misma se hace presentando el formulario D-151 (Ver infográfico de cómo hacer dicha declaración) para la que debe utilizarse la versión más reciente del programa Declara@7, que se descarga en la página de Hacienda.
• Multa
El incumplimiento de esta obligación se sanciona con una multa del 2% de los ingresos brutos en el impuesto a las utilidades, con un mínimo de tres salarios base y un máximo de 100 salarios base.
Así, los mínimos son entre ¢1.278.600 y ¢42.620.000.
• Puntos importantes
Es importante que las partes se pongan de acuerdo sobre el monto a indicar en la declaración informativa, ya que se deben evitar errores, ya que se aplica una multa del 1% del salario base (¢4.262) por cada registro incorrecto.
Declaración e impuesto de la renta
• ¿Quién está obligado?
La gran mayoría de las empresas y todos los profesionales liberales en Costa Rica terminan el año fiscal el 30 de setiembre.
Todos estos deben presentar esta declaración y pagar el impuesto sobre la renta, algo que deben de preparar con cuidado, y tener todos los documentos, facturas y demás que justifiquen los montos.
• ¿Cuándo vence?
El plazo para la declaración y pago del impuesto sobre la renta es el 15 de diciembre, desde hace dos años no se da prórroga a esta fecha.
• ¿Cuál es el formulario?
Esta declaración se presenta directamente en la página Administración Tributaria Virtual (ATV), que se encuentra en la página web de Hacienda.
La plataforma es completamente en línea y deben llenarse los espacios que el programa entrega.
Al finalizar, se entrega la declaración de forma digital solamente, y la misma plataforma informa el valor del impuesto que debe cancelar.
• Multa
La multa por la no presentación es de ¢213.100, y se gana ponerlo en la lista negra para seleccionarlo para una fiscalización.
Tome en cuenta que, si no hizo la presentación en tiempo, tampoco pagó en tiempo el impuesto, por lo que acarrea también intereses, así como una multa de hasta 20% de la suma sin pagar en tiempo.
• Puntos importantes
Debe analizar cuidadosamente los gastos para determinar si cumplen con las condiciones para ser deducibles, criterios que son muy revisados en una posible fiscalización. (Ver recuadro)
Lea más: ¿Cómo se prepara para asumir sus obligaciones tributarias este fin de año?
Si hay problemas con la plataforma de registro, ¿qué pasa?
En años anteriores, la plataforma de registro Declara@7 ha tenido problemas principalmente los últimos días y el mismo 30 de noviembre, al saturarse el sistema.
Por ser un problema que se atañe directamente a la Dirección de Tributación, se han entregado prórrogas (máximo dos días) para presentar la declaración informativa.
En cuanto a la declaración del impuesto sobre la renta, el sistema que se utiliza es el de la Administración Tributaria Virtual ATV, que opera desde hace dos años. Con este sistema no se ha tenido problemas, por lo que en dos años no se han entregado prórrogas.
Lo principal es no atenerse, ya que no es obligación de Hacienda conceder prórrogas, aunque en anteriores ocasiones las haya realizado.
Otras obligaciones fiscales que no debe olvidar
• AMPO
Para los Grandes Contribuyentes, es importante no olvidarse del programa de Análisis Multifuncional Programado y Objetivo (AMPO), ya que deben actualizar la información.
Este grupo de contribuyentes contaba con un mes a partir del cierre del periodo fiscal para cumplir con esta obligación (31 de octubre), si no se hizo, estos acarrean la misma sanción que la no presentación de la declaración informativa.
• Precios de Transferencia
Otro punto importante será el informe de Precios de Transferencia, verificar que se cuente con la documentación de respaldo de las operaciones vinculadas para el periodo 2015, 2016 y 2017.
• Patentes municipales
Aparte está también que aquellas empresas o personas que tengan patentes municipales deben declarar el impuesto sobre la renta en el término municipal en que ejercen la actividad económica.
Pasos para hacer la declaración informativa
Siga estos pasos y no tendrá problemas con esta obligación tributaria que vence el próximo 30 de noviembre.
Paso 1 Si tiene ventas o compras de bienes y servicios en el territorio nacional que superen anualmente los ¢2,5 millones a una misma persona o empresa debe realizar la declaración.
Paso 2 Póngase de acuerdo con el monto que ambas partes declararán, ya que si no son iguales, podría acarrear una multa.
Paso 3 La declaración se puede preparar en un documento de Excel o realizarlo directamente en la plataforma Declar@ de Hacienda.
Paso 4 La plataforma debe bajarse en su computadora, todos los pasos y procesos están en la página de Hacienda.
Paso 5 Para declarar debe utilizar el formulario Anual Resumen de Clientes, Proveedores y Gastos Específicos D.151
Puntos importantes para la declaración de renta
Recuerde que tiene hasta el 15 de diciembre para presentar esta declaración y realizar el pago del impuesto.
• Analizar gastos
Deben analizarse cuidadosamente los gastos para determinar si cumplen con las condiciones para ser deducibles, entre otras: que estén asociados con la generación de ingresos gravables, que estén debidamente documentados, que se haya cumplido con otras obligaciones legales asociadas, por ejemplo, respecto de los salarios haber sido reportados a la seguridad social.
• Cuidado con precios de transferencia
Las transacciones entre partes relacionadas deben valorarse a precios de mercado conforme la normativa de precios de transferencia. Si bien aún no se encuentra vigente la presentación de la declaración respectiva, es ya una obligación para todos los contribuyentes considerar sus efectos en la determinación del impuesto por pagar. La documentación que debe tenerse disponible según resolución de la Dirección General de Tributación es el estudio de precios de transferencia y la información corporativa (conocida como master file).
• Conciliación Fiscal
Debe prepararse una conciliación fiscal para documentar el monto del impuesto por pagar. La contabilidad debe estar preparada conforme Normas Internacionales de Información Financiera. No puede olvidarse que la Dirección General de Tributación puede requerir a los Grandes Contribuyentes Nacionales y a las Grandes Empresas Territoriales, los estados financieros auditados individuales, no consolidados.
tome en cuenta las
recomendaciones de los expertos
Tener cuidados con las informaciones que se presentan, tener los respaldos y verificar nuevos informes son parte de los puntos que los expertos recomiendan para las obligaciones tributarias
Rafael Luna
Socio
Consortium Legal
Cuidado con las retenciones y verifique con sus clientes montos a declarar
Es importante tener cuidado con las retenciones a verificar, que se hayan realizado todas las retenciones aplicables a los pagos y remesas correspondientes, a fin de lograr la deducibilidad de los gastos.
En casos especiales, verificar con clientes y proveedores que los montos a declarar en el D-151 sean coincidentes.
Revisar que la sumatoria de las declaraciones de ventas sea coincidente con los ingresos brutos a declarar en renta y documentar las razones en caso de que los montos sean diferentes.
No olvide los temas de precios de transferencia, verificar que se cuente con la documentación de respaldo de las operaciones vinculadas para el periodo 2015, 2016 y 2017 a efectos de la declaración digital que habrá de presentarse.
Tomar en cuenta la facturación electrónica, ante la inminente entrada masiva de la obligación de facturación electrónica en los primeros meses de 2018, empezar a contactar a las empresas proveedoras y realizar las pruebas necesarias del sistema.
Carmen Sánchez
Socia impuestos
BDO
Hay que minimizar contingencias y costos tributarios adicionales
El control de las obligaciones tributarias tanto formales como materiales es fundamental en la gestión del gobierno corporativo, no solo con el objetivo de minimizar las contingencias y costos tributarios adicionales, sino también para asegurar el correcto uso de los recursos empresariales y salvaguardar la reputación de la organización.
Las principales obligaciones tributarias, una vez cerrado el periodo fiscal, son la Declaración de Impuesto sobre la Renta, las declaraciones informativas, Declaración Anual Resumen de Clientes, Proveedores y Gastos Específicos D.151., Declaración Anual de Retenciones —Impuestos Únicos y Definitivos D.152 y Programa Análisis Multifuncional Programado y Objetivo (AMPO).
Es recomendable que los contribuyentes se hagan acompañar de expertos tributarios con reconocida experiencia en las diversas disciplinas que incorpora el cumplimiento de todas las obligaciones mencionadas. En BDO contamos amplio y experimentado equipo de profesionales para este fin.
Sylvia Montero
Especialista en Impuestos
Dentons
Exportadores, cuidado con los montos declarados en los ingresos
Las empresas que realizan exportaciones deben tener especial cuidado con los montos de ingresos declarados porque la Administración Tributaria está realizando ajustes a los contribuyentes cuando existen incongruencias entre lo declarado para efectos aduaneros y lo declarado para efectos del Impuesto sobre la renta. Cualquier diferencia debe estar muy bien documentada.
Tenemos encima el plazo para la presentación de la Declaración de clientes y proveedores (D.151), es importante que los contribuyentes de tomen con seriedad la presentación de este formulario porque cualquier diferencia puede implicar una sanción pecuniaria que puede llevar a ser importante, pero además porque estas diferencias pueden ser utilizadas por la Administración Tributaria en los procedimientos de liquidación previa y para procesos de fiscalización.
Uno de los gastos más importantes de las empresas es el pago de salarios a empleados. Pero se debe tener muy presente que la inmensa mayoría de los “beneficios” otorgados a los trabajadores se encuentran sujetos a retención en la fuente del impuesto sobre las rentas provenientes del trabajo personal dependiente y cargas sociales. Es considerable la cantidad de ajustes que realiza la Administración Tributaria, mediante fiscalizaciones, por deducción de gastos a empleados que no han cumplido con la obligación de retener y pagar el impuesto y cargas sociales cuando proceden.
Adrián Torrealba
Socio
Fayca
No se debe dejar pasar el estudio de precios de transferencia
En cuanto a los formales, existe la obligación de presentar las declaraciones de carácter informativo, tales como el resumen anual de operaciones con clientes y proveedores, pero también para el caso de los grandes contribuyentes, de la herramienta AMPO (Análisis Multifuncional Programado Objetivo), cuyo plazo de entrega es de un mes posterior al cierre fiscal.
Otra obligación de tipo documental que no se debe pasar por alto es contar con el respectivo estudio de precios de transferencia para todas aquellas empresas que tengan transacciones con partes vinculadas, por cuanto este será un requisito para validar la cuantía ya sea del ingreso o gasto.