En defensa de los fondos de los trabajadores
Miguel Angel Rodríguez [email protected] | Lunes 19 noviembre, 2018
Uno de los temas que motivaron mi participación en política fue la necesidad de reformar nuestro sistema de pensiones. Había aprendido con el Dr. Fernando Trejos y con mi maestro Alberto Di Mare que era necesario hacerlo para corregir injusticias, asegurar su sano financiamiento y poner sus recursos a salvo de los intereses voraces del fisco.
Por esta razón, entre los temas que presentamos a la Concertación Nacional al inicio del gobierno, estuvieron la transformación del sistema de pensiones y del auxilio de cesantía.
A partir de la realidad que afrontaban los regímenes de pensiones existentes, definimos los objetivos esenciales de la reforma que presentaríamos a consideración del Proceso de Concertación Nacional y, luego, de la Asamblea Legislativa: asegurar el financiamiento a largo plazo, ampliar su cobertura, ligar los beneficios a los aportes de las personas con empleo fijo o con ingresos suficientes, mejorar la supervisión para fortalecer la seguridad del sistema, proteger los recursos frente a futuras necesidades y carencias fiscales, y promover un manejo que maximizara el beneficio de este ahorro para la economía nacional.
Para lograr esos objetivos se creó en la Ley de Protección al Trabajador, llamada “la reforma social de nuestro tiempo”, un nuevo pilar que viniese a complementar el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la CCSS y el Sistema de Pensiones no Contributivas, administrado este nuevo Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias, por entes independientes de libre escogencia por parte de los trabajadores: las Operadoras de Pensiones Complementarias (OPC). Y se fortaleció el sistema de supervisión para las pensiones.
En las OPC los trabajadores tienen sus recursos en cuentas individualizadas de su exclusiva propiedad. Esto es así tanto en lo que corresponde al ahorro para la pensión, como en lo que atañe a la porción de los recursos de cesantía que se depositan en el Fondo de Capitalización Laboral. Estos últimos se convirtieron en un derecho pleno de los trabajadores, y se eliminó el límite de ocho años que previamente tenían.
Las cuentas individualizadas de propiedad de los trabajadores son la garantía de que sus ahorros están a salvo de la voracidad fiscal.
Hacerlo así es necesario porque en casi todas partes los recursos de los sistemas centralizados de pensiones manejados por entes públicos, por maniobras de los gobiernos que se apoderaron de ellos, se fueron convirtiendo de sistemas de pensión basados en capitalización a sistemas de reparto con costo a cargo de las futuras generaciones y con gran incertidumbre sobre su capacidad financiera.
Me preocupó, hace unas semanas, el anuncio de que los entes reguladores estaban subiendo a las OPC el límite para sus inversiones en títulos valores del gobierno central del 50 al 80%. Ese límite de 50% se había impuesto cuando las OPC tenían una inversión en esos valores superior a ese 50%, al cual se agregaba otro límite del 35% en otros emisores públicos distintos a Hacienda y Banco Central, y se había otorgado un plazo para acomodarse a esta nueva disposición. Pero ahora se eliminaba el límite de 50% y esos valores solo estarían topados por el máximo de 80% para inversiones en títulos públicos.
Sabemos que atravesamos una seria situación fiscal que espero pueda ser resuelta con la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y medidas posteriores, pero la incertidumbre actual ya ha deteriorado el valor de los títulos de Hacienda.
No es adecuado, no es conveniente y no protege los intereses de los trabajadores aumentar un límite de inversión cuando el riesgo de esos valores aumenta.
Confié en que las OPC procederían con gran cautela y no aumentarían la participación de bonos del gobierno en las carteras de los trabajadores que ellos administran. Pensé que procederían así pues hay competencia entre ellas y hay libertad de los trabajadores para cambiar de OPC. Si una de ellas aumentaba la proporción de sus inversiones en títulos del gobierno y su valor disminuye, eso se reflejaría en el valor de los fondos de los trabajadores, quienes podrían pasar sus cuentas a una OPC más cuidadosa.
Pero ahora la Superintendencia de Pensiones (SUPEN) y el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema de Pensiones (CONASSIF) están consultando una variación en las regulaciones que se viene promoviendo desde hace varios años, que haría que las OPC valoren los títulos en que invierten los recursos de los trabajadores a su costo de adquisición (en el lenguaje sofisticado de la NIIF 39 costo amortizado), y no a su valor de mercado. Esta norma aplicable a las contabilidades de las OPC no tiene por qué trasladarse a valuar las inversiones de sus clientes.
Este cambio va contra la normativa imperante en los sistemas de pensiones de capitalización administrados independientemente, incluidos todos los da la OECD.
Las LÍNEAS DIRECTRICES DE LA OCDE RESPECTO A LA GESTIÓN DE ACTIVOS DE LOS FONDOS DE PENSIONES señala: “5.2 Cuando las normas nacionales no exigen valoración al valor actual del mercado, o conforme a una metodología de valoración justa, se recomienda que la valoración sea acompañada por la divulgación de los resultados que se habrían obtenido utilizando el valor actual del mercado o una metodología de valoración justa”.
Ciertamente el NIIF39 dispone. “Una entidad evaluará al final de cada periodo sobre el que se informa si existe evidencia objetiva de que un activo financiero o un grupo de ellos medidos al costo amortizado esté deteriorado”. Pero esta sería una información subjetiva no proporcionada objetivamente por el mercado. Dificultaría a los dueños de sus fondos, a los trabajadores, conocer el valor real y actual de las inversiones en que están colocados sus recursos y les impediría comparar la ejecutoria de las diversas OPC.
Esto no es aceptable.
Por eso insto a los entes reguladores a desistir de esta iniciativa que facilitaría que las OPC incrementen el riesgo de las inversiones de los trabajadores, y que les impediría a sus clientes tener pleno conocimiento del valor de sus ahorros. Pido también al gobierno y a las fracciones legislativas que se pronuncien en defensa de los intereses de los trabajadores costarricenses.
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