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Reglamento sufrió una modificación que ha generado dudas entre costarricenses

¿Debo aceptar todos los comprobantes de mis compras?

Contribuyentes sí deben confirmar algunas facturas de compras

Rebeca Sequeira [email protected] | Martes 03 marzo, 2020


Mujer revisando facturas en una computadora
El cambio en el reglamento no exime que en ciertos casos se deban aceptar o rechazar comprobantes. Shutterstock / La República


Aceptar o rechazar los comprobantes electrónicos por las compras que haya realizado puede parecer una tarea tediosa y, en ciertos casos, hasta innecesaria pero, ¿sabía que algunas veces es de vital importancia que usted realice esta gestión?

Y es que recientemente fue publicada en La Gaceta una modificación en el Reglamento de Comprobantes Electrónicos, que indica que la aceptación es facultativa; es decir, opcional, como regla general y obligatoria.

Cada contribuyente decidirá si realiza o no ante la Administración Tributaria el proceso de aceptación de sus facturas de compra; sin embargo, la misma nunca debe dejar de rechazarse en los casos que corresponda.

Lea más: ¿Debe o no aceptar los comprobantes electrónicos?

Además, esto aplica tanto para empresas como para personas físicas con actividades económicas.

Ante esto, el Ministerio de Hacienda tomará como aceptados los comprobantes de manera automática luego de los ocho días hábiles posteriores al mes de la fecha de la factura, a no ser que usted haya indicado un rechazo de alguna de ellas.

“Si bien el decreto publicado cambió las reglas en lo referente al proceso de aceptación de los comprobantes electrónicos, no es correcto interpretar que todos los comprobantes no se deben confirmar”, dijo Guillermo Smith, presidente del Colegio de Contadores Públicos.

Es decir, aún hay una obligatoriedad para aceptar -ya sea aceptación, aceptación parcial o rechazo- de algunas de las facturas de cuando se trata de proveedores; y la misma se da en los siguientes escenarios.

El primero de ellos es cuando el comprobante electrónico recibido no está directamente relacionado con la actividad del contribuyente; o bien, cuando el comprobante electrónico recibido goza de algún beneficio fiscal.

Se debe tomar en consideración que todos los documentos que no son rechazados formarán parte de la información que se acumulará en las bases de datos del Ministerio de Hacienda y, por ende, deberán incluirse en las declaraciones que regularmente deben hacer los contribuyentes como gastos deducibles.

Lea más: Reporte si continúan los problemas con el sistema de Hacienda

Si por el contrario, usted tiene el sistema automatizado, puede seguir confirmando todas sus facturas.

Sin embargo, ¿qué ocurre si, efectivamente, no acepto la factura en el sistema de Tributación?

En el caso de las empresas, si por alguna razón se identifican comprobantes y se rechaza el mismo, no se genera gasto deducible en Impuesto de Renta o crédito fiscal para efectos del IVA.

“Con la modificación debemos considerar que, si no se rechazan gastos provenientes por ejemplo de giras del personal, esto generaría una inconsistencia entre los datos de contabilidad de la empresa y lo que la Administración Tributaria prevé al momento de presentar tanto la declaración del Impuesto sobre la Renta al final del período fiscal o el IVA mensualmente”, mencionó Silvia Castro, gerente de impuestos de Deloitte.


¿Qué debo hacer?


Para evitar problemas y confusiones entre qué debe aceptar y qué no, Grupo Camacho le recomienda lo siguiente:

  • Mantenga el proceso de revisión de comprobantes recibidos que ya tiene en marcha en su negocio.
  • Identifique los beneficios fiscales de su negocio y téngalos en cuenta al revisar sus facturas recibidas.
  • Si su empresa es una pyme que recibe una factura de arrendamiento exenta, debe aceptarla para poder pasar el alquiler como un gasto deducible.
  • Si lo desea, puede seguir enviando la aceptación de sus facturas ante Hacienda.


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