COVID-19: su impacto en el deporte y los negocios relacionados
Mauricio Sánchez [email protected] | Martes 19 mayo, 2020
El mundo del deporte ha sido impactado por el COVID-19 y eso se refleja en la reprogramación de la gran mayoría de eventos y campeonatos. Esta situación, genera consecuencias no solo en el calendario deportivo a nivel global, sino también en los contratos deportivos y comerciales.
El deporte federado tiene como máximo ente al Comité Olímpico Internacional. Más abajo encontramos al resto de federaciones internacionales, regionales, locales y a los comités olímpicos nacionales, quienes en conjunto y de modo coordinado planean el calendario internacional, al que debe alinearse el nacional. En ese contexto, al no llevarse a cabo las competencias y habiéndose restringido la práctica, entrenamientos y acceso a instalaciones para los atletas, se afecta uno de los principios fundamentales incluidos en la Carta Olímpica, la cual es de acatamiento obligatorio para todos los Comités Olímpicos Nacionales, como lo es el de Costa Rica: “La práctica deportiva es un derecho humano. Toda persona debe tener la posibilidad de practicar deporte sin discriminación de ningún tipo y dentro del espíritu olímpico, que exige comprensión mutua, espíritu de amistad, solidaridad y juego limpio.”
Dado que las restricciones de circulación y práctica de deportes varían de país a país, es evidente la necesidad de reorganizar el calendario deportivo internacional bajo el amparo de la imposibilidad material de poder practicar deporte, puesto que, por las medidas implementadas de modo dispar entre las naciones, no hay acceso igualitario, ni juego limpio posible. Así las cosas, no solo se suspenden los Juegos Olímpicos, sino que debe readecuarse todo el calendario nacional e internacional, para salvaguardar los intereses de los atletas, su salud y poder cumplir con el principio de igualdad de acceso.
En cuanto a los contratos relacionados con el deporte, entre otros, derechos audiovisuales, derechos de imagen, derechos de patrocinadores, derechos de “ticketing” (venta de entradas), el impasse mencionado antes, implica que los organizadores de eventos, ligas, campeonatos, equipos deportivos e inclusive atletas estén materialmente imposibilitados de cumplir sus prestaciones debido a una situación ajena a su control, por lo cual ya están o se encuentran prontos a entrar en una situación de incumplimiento contractual.
Este tipo de situaciones deben revisarse caso por caso y apegarse a las mismas cláusulas del contrato; por ejemplo, la NBA en sus estatutos y contratos deportivos, incluye una cláusula de fuerza mayor que le permitiría reducir el impacto económico de forma paulatina y proceder a reducir los salarios de sus jugadores sin generar responsabilidad o mayor daño.
Ahora, para los casos en no existen este tipo de provisiones, sugerimos que las partes conversen y lleguen a un acuerdo que sea de muto beneficio para ambas y permitan reconducir la relación comercial bajo nuevas condiciones.
En un momento crítico como el que enfrentamos, la industria deportiva y sus actores deben ejemplificar los valores de solidaridad, juego limpio, unión, respeto y trabajo en equipo para enfrentar y salir victoriosos de la pandemia y sus efectos económicos. Adicionalmente, sirva este momento para que nuestras instituciones, deportistas y patrocinadores, replanteen sus contratos para el futuro, para que ante una emergencia ya estén preparados y protegidos económicamente lo más posible.
Monserrat Guitart, Directora Regional de Propiedad Intelectual y Tecnología de Dentons Muñoz
Mauricio Sánchez, Asociado de Dentons Muñoz