Costos se reflejarían en instituciones financieras
Fabio Parreaguirre [email protected] | Lunes 15 mayo, 2017
Existen muchas dudas sobre la idea del diputado Ottón Solís de fusionar en la Superintendencia de Mercados Financieros (Sumef) a las cuatro existentes.
La principal inquietud se refiere al financiamiento, ya que la iniciativa establece que el 100% vendría de los sujetos regulados y supervisados, mientras que en la actualidad, el Banco Central de Costa Rica aporta el 80% de los presupuestos de las superintendencias General de Entidades Financieras, de Pensiones, de Valores y de Seguros.
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“Consideramos importante que se aclare el peso del financiamiento que caería sobre los bancos y financieras, emisores, la Bolsa Nacional de Valores, las Sociedades Administradoras de Inversión y eso nos perjudicaría”, manifestó Lucrecia Quesada, directora ejecutiva de la Cámara de Intermediarios Bursátiles y Afines (Cambolsa).
Solís calcula que el erario público es el que paga el gasto de esas cuatro superintendencias, con intendentes que reciben salarios superiores a los ¢7 millones, una planilla total de 440 personas y un presupuesto anual para este año de ¢28.700 millones.
Además, tienen dudas referentes a que si contar con un único superintendente crearía un cuello de botella para aprobar las normativas que se requieren.
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El proyecto de ley dice que el financiamiento será mediante contribuciones obligatorias de los sujetos fiscalizados, las cuales serán aportadas de manera proporcional por los regulados, de acuerdo con la metodología propuesta por el Conassif, pero Cambolsa mantiene dudas sobre cómo se calcularía.
¿Qué dice el proyecto?
La iniciativa presentada por Ottón Solís, diputado del Partido Acción Ciudadana, establece una sola Superintendencia de Mercados Financieros con las siguientes características:
- Será un órgano adscrito al Banco Central de Costa Rica, con desconcentración máxima y personalidad jurídica instrumental
- Funcionará bajo la dirección del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero
- La remuneración mensual del superintendente, los funcionarios y los del Conassif no podrá superar la suma de 20 salarios de la categoría más baja de la escala de sueldos de la Administración Pública
- El superintendente podrá ser removido en cualquier momento por el Conassif, por diferencia de al menos cinco votos