Horas extra y jornadas fraccionadas no se permitirían
Conozca cómo puede prorrogar por tres meses la reducción de la jornada laboral
Evitar cierre de empresas y pérdida de puestos de trabajo es el objetivo de la nueva ley
Esteban Arrieta [email protected] | Jueves 14 enero, 2021
Los patronos podrán ampliar hasta mediados de marzo la reducción de la jornada laboral para sus colaboradores, tras aprobarse este martes en segundo debate una prórroga de auxilio financiero para las empresas.
Sin embargo, para solicitar la extensión de la medida -que se aplica desde marzo del 2019 con la reducción del salario a la mitad para algunos trabajadores del sector público-, los empresarios deberán cumplir con una serie de requisitos.
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Por ejemplo, el Ministerio de Trabajo solo podrá autorizar la ampliación de la prórroga siempre y cuando la persona empleadora no haya abusado de los mecanismos establecidos en la ley, o incurrido en incumplimiento de la legislación laboral.
Asimismo, para mantener la reducción de la jornada, se debe demostrar por parte del patrono, que las condiciones actuales de la pandemia le siguen afectando económicamente a la empresa.
Por otra parte, los empleadores que se acojan a esa condición no podrán establecer horarios laborales fraccionados a la persona sujeta a la reducción de la jornada y se establece que al aplicarse la medida, no podrá pagarse horas extra, sino que se deberá reincorporar a los trabajadores a la jornada ordinaria.
“Recordemos que esta nueva ley lo que hace es ampliar por tres meses más la medida extraordinaria de reducción de jornada que se ha prorrogado ya en dos ocasiones; sin embargo, hay que tomar en cuenta, que esta nueva normativa prohíbe a sus trabajadores laborar horas extra y exige a los patronos reincorporar a los colaboradores a la jornada completa de darse el caso, asimismo, no se podrán establecer jornadas de trabajo fraccionadas”, explicó Marco Arias, socio de BDS Asesores.
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Si no se daba una prórroga sobre este tema, los patronos estarían obligados a restituir las condiciones laborales previas a la pandemia del Covid-19, lo cual, sería imposible de hacer para pequeñas empresas que luchan por sobrevivir.
En estos casos, se darían despidos masivos y los patronos enfrentarían juicios laborales por la incapacidad de pagar los extremos laborales, dijo María Inés Solís, diputada de la Unidad.
“Velaré siempre por las miles de familias que están sufriendo los efectos de la pandemia, al consensuar con mis compañeros y el gobierno, estamos evitando los despidos a trabajadores, evitando así más desgaste en el bolsillo de los costarricenses”, dijo Solís.
En estos momentos el desempleo afecta a más del 22% de la población, según las últimas estadísticas del INEC.
¿Qué deben cumplir las empresas?
Estas son las condiciones para las empresas:
- El recorte de la jornada laboral podría ser de hasta un 50%
- Patronos deben demostrar al Ministerio de Trabajo la afectación económica por la pandemia
- Persona empleadora no debe tener denuncias por abuso o incumplimiento de la ley laboral
- Horas extra son prohibidas al aplicar reducción de jornada
- Horarios fraccionados no son permitidos