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Martes, 26 de noviembre de 2024



NACIONALES


Al menos 400 afectados por altas tasas forman parte de la acción judicial

Avanza proceso para obligar a bancos a readecuar préstamos

Denuncia que califica de excesiva la variación en la tasa de interés para los préstamos en colones fue acogida

Daniel Chacón [email protected] | Miércoles 09 septiembre, 2009


Ricardo Hernández, especialista financiero del bufete LLM
El avance de esta denuncia resultaría preocupante porque afectaría el contenido de contratos privados individuales entre clientes y bancos; además de manejarse un tema individual en el ámbito de lo colectivo, manifestó Ricardo Hernández, especialista financiero del bufete LLM. Jimmy Córdoba/La República


El cambio abrupto que se dio en la tasa básica pasiva entre abril y julio del año anterior es el fundamento de la denuncia colectiva que pide la readecuación de todos los créditos en colones otorgados en ese tiempo.

El caso en primera instancia es contra el Banco Nacional y el Popular, pero sobre la marcha se extenderá al resto del sistema financiero.

Se estima en unos 100 mil los afectados por esta situación. Hasta la fecha, ya 400 personas forman parte del proceso y las víctimas que aún no se integran a este, pueden inscribirse en él a través de la Asociación de Consumidores Libres.

“La lista de afectados aún está abierta y queremos esperar a que más personas se incorporen, porque el tema será tratado de forma grupal y por eso la necesidad de llegar con todos los nombres”, explicó Adriana Rojas, abogada que lidera el proceso.

El hecho de que el Tribunal Contencioso Administrativo de Hacienda haya acogido el caso no quiere decir que se suspenderán de inmediato los remates (como sí sucede en la instancia constitucional); pero sí pudiera derivar en esta decisión conforme avance el proceso.

Los bancos deberán presentar en los próximos 30 días hábiles su respuesta a la demanda, en la cual deben indicar si rechazan los hechos por inexactos o si los aceptan.

En el caso del Banco Nacional, procederá al estudio de la demanda para poder ofrecer la respuesta solicitada por el tribunal, por lo cual no procede anticipar criterio; indicó la Dirección de Relaciones Corporativas.

La relevancia de esta determinación es vista con reserva, dado que los tribunales están obligados a admitir cualquier caso cuando se cumplan los requisitos, sin importar la pretensión de fondo, explicó Luis Ortiz, del bufete BLP Abogados.

Las personas vinculadas con la industria ven con atención el tema, ya que por primera vez una instancia judicial determinará si el margen de intermediación financiera entre la tasa básica pasiva y la activa cayó en el abuso.

“La tasa se pone de acuerdo con algunos parámetros de mercado y es una potestad de los bancos. Queda a criterio del cliente si suscribe el contrato en los términos planteados. Vería impropio que un tribunal le diga al sistema cómo proceder; tendría un impacto riesgoso en las expectativas de los bancos”, consideró Juan Muñoz, analista financiero.

El tema de las denuncias colectivas es relativamente nuevo en el país, y por eso despierta dudas sobre la forma en que será aplicado en casos como este.

“Se trata más bien de una pretensión de utilizar esta vía para que un tribunal resuelva en genérico sobre situaciones que más bien son de contenido individual, válido, eficaz y legal entre dos partes contractuales identificadas”, dijo Ricardo Hernández, especialista financiero del bufete LLM.

Las personas que hayan obtenido un crédito entre abril y julio y quieran sumarse a la denuncia, pueden contactar a la Asociación de Consumidores Libres para inscribirse en el proceso y ser sujetos de readecuación, si el tribunal así lo determinara.

¿Puedo participar?

El proceso colectivo está en las últimas semanas de inscripción de víctimas de la variación abrupta en la tasa básica pasiva y el margen de intermediación que cobran los bancos. De momento la denuncia es solo contra el Banco Nacional y el Popular, pero se extenderá al resto del sistema en un futuro cercano.

TIEMPO. El crédito tuvo que haberse formalizado entre abril y julio.

GARANTIA. Tiene que haber una garantía como prenda o hipoteca de por medio.

TASA. La tasa de interés cobrada debió variar abruptamente.

Fuente: Asociación de Consumidores Libres








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