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Así funcionará la restricción vehicular sanitaria de cara a Semana Santa

Karla Barquero [email protected] | Miércoles 01 abril, 2020 01:23 p. m.


Carros
Elaboración propia/La República


A partir del viernes las medidas de restricción sanitaria se fortalecen de cara a Semana Santa en dos momentos.

Del viernes 3 al martes 7 de abril

No podrán circular vehículos después de las 5 p.m. a 5 a.m., salvo excepciones.

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Mientras que durante el día (de 5 a.m. a 5 p.m.), No se permitirá el tránsito vehicular, según el número final de la respectiva placa de circulación:

  • Sábado: vehículos cuya placa finalice en 0, 2, 4, 6 y 8.
  • Domingo: vehículos cuya placa finalice 1, 3, 5, 7 y 9.
  • Lunes: vehículos cuya placa finalice en 0, 2, 4, 6 y 8.
  • Martes: vehículos cuya placa finalice 1, 3, 5, 7 y 9.

Lea más: Restricción vehicular sanitaria será de 5 p.m. a 5 a.m. del viernes 3 al martes 7

Del miércoles 8 al domingo 12 de abril

Por esos cinco días se aplicarán restricciones a la circulación de vehículos, intercambio de servicios, y tránsito de personas, en virtud del estado de emergencia nacional.

Se garantizará el acceso a supermercados, abastecedores, pulperías y servicios de salud y farmacias sin restricción horaria, pero el traslado en vehículo quedará sujeto a las placas autorizadas por días.

En caso de ir al supermercado o farmacia en vehículo, únicamente podrán circular:

  • Miércoles: vehículos cuya placa finalice en 0 y 1.
  • Jueves: vehículos cuya placa finalice en 2 y 3.
  • Viernes: vehículos cuya placa finalice en 4 y 5.
  • Sábado: vehículos cuya placa finalice en 6 y 7.
  • Domingo: vehículos cuya placa finalice en 8 y 9.

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