Ahorre tiempo y dinero al pelear con Tributación
Bernal Rodríguez [email protected] | Lunes 04 febrero, 2013
Evite el Tribunal Fiscal Administrativo
Ahorre tiempo y dinero al pelear con Tributación
Cambios en ley de fortalecimiento permiten ir directamente a la vía judicial
Los contribuyentes que deseen apelar una resolución de cobro adicional de sus impuestos hecha por Tributación podrían ahorrarse tiempo y dinero si van directamente a un proceso judicial, sin pasar por el Tribunal Fiscal Administrativo.
Cuando al contribuyente se le notifica la existencia de una deuda tributaria, este puede apelar ante la misma administración; en caso de que la resolución no le sea favorable puede acudir al Tribunal Fiscal Administrativo y, finalmente, a un proceso judicial.
Con la anterior ley la apelación ante la misma Administración así como ante el Tribunal Fiscal, suspendía el plazo para cancelar el monto cobrado por Tributación, y el tiempo que ganaba el contribuyente era una ventaja, ya que el proceso tardaba unos cuatro años y medio.
Sin embargo, con la ley de fortalecimiento tributario, actualmente los contribuyentes una vez que se les notifica la deuda fiscal, solo tienen 30 días para cancelar lo adeudado, aun cuando no estén de acuerdo con el cobro y pretendan apelar la resolución.
Con el cambio en los plazos para cancelar, deja de tener sentido acudir a la vía administrativa, donde por cierto, en promedio en los últimos dos años, solo en el 25% de los casos se le dio la razón al contribuyente.
En cambio, si el contribuyente decide ir directamente a la vía judicial, esto le significará un ahorro de tiempo para la resolución de su caso así como en el dinero que deberá cancelar al especialista tributario que lo asesore.
“Con las nuevas reglas, el hecho de que las personas ya hayan cancelado el cobro tributario, provoca que no tengan nada que perder al apelar, cualquier suma que recuperen será ganancia, dado que ya habían cancelado la totalidad”, dijo Rafael Luna, socio del bufete AFC.
Bernal Rodríguez
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