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Regresaría multa por no uso de cinturón

Esteban Arrieta [email protected] | Lunes 10 septiembre, 2012




Nueva Ley de Tránsito tiene ambiente para votarse esta semana
Regresaría multa por no uso de cinturón

También vuelve infracción por mal parqueo e irrespeto a señales verticales

La discusión para votar las nuevas multas de tránsito tiene vía libre, y existen amplias posibilidades para que queden en firme esta semana.
Las más importantes son aquellas que la Sala IV había prácticamente eliminado por desproporcionadas al obligar al Tránsito a cobrar el valor de las multas de 1993.
A partir del momento en que esta nueva ley quede en firme, parquearse mal tendrá una sanción por ¢47 mil, el no uso del cinturón se fijará en ¢94 mil.
En el caso de señales verticales, el monto varía según la infracción.
Mientras estas multas regresan, el resto sufriría una reducción de hasta el 80%.
Si no hay ningún imprevisto, los diputados votarán esta misma semana en segundo debate la reforma a la ley.
Esta contempla además de la reducción de las multas, un sistema de puntos para castigar a los infractores con la eliminación del permiso.
La consulta sobre la legalidad de la norma fue avalada por la Sala IV hace unas semanas, pero los magistrados aún no han enviado el documento a Cuesta de Moras, lo que impide el aval definitivo.
En ese sentido, solo hace falta la firma de la magistrada Ana Virginia Calzada, para que la consulta facultativa se envíe al Congreso y se proceda a la votación final.
Con la nueva ley las multas oscilarán entre ¢280 mil y ¢20 mil.
A delitos como conducir ebrio, virar en “U” o rebasar en una curva, se les aplicará la pena más alta, en vez de los ¢468 mil que se cobran actualmente. Esto significa una disminución del 40%.
Otras penas que se rebajaron considerablemente están relacionadas con el no uso del booster (60%), manejar sin luces (60%) y conducir mientras se usa el celular (73%).
Sin embargo, la multa que se redujo más es para conductores que circulen en carreteras sin haber obtenido la licencia. En ese caso, la reducción es del 80%, pues pasó de ¢468 mil a ¢94 mil.
“Esperamos que con estas sanciones propuestas no haya problemas, pues lo que se hizo fue ajustar las penas de 1993 a términos reales, ojalá que así no quede descubierto nada”, indicó Silvia Bolaños, directora ejecutiva del Cosevi.
Uno de los puntos que generaron mayor debate entre los legisladores fue el nivel de alcohol permitido al conducir.
Al término, se optó por establecer dos parámetros, uno para los conductores con más de tres años de manejar y otro para los novatos y los considerados como profesionales, es decir, aquellos que manejan como actividad laboral.
En el primero de los casos, los choferes a los que se les detecte una concentración de licor entre 0,25 y 0,38 miligramos en el aire espirado, tendrán que pagar una multa de ¢280 mil.
Mientras que para los noveles y los profesionales, esa misma pena económica se aplicará cuando se detecte una concentración entre 0,10 y 0,25 miligramos de licor en el aire espirado.
Asimismo, si los conductores superan los límites superiores para su respectiva categoría, se exponen a una pena de uno a tres años de cárcel, así como a la pérdida de la licencia.

Esteban Arrieta
[email protected]






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